INDEPENDENCIA ECLESIASTICA
1 Corintios 12:20-21. "Pero ahora son muchos los miembros, pero el Cuerpo es uno solo. Ni el ojo puede decir a la mano: No te necesito, ni tampoco la cabeza a los pies: No tengo necesidad de vosotros"
Los que en virtud de la divina gracia hemos escapado del nocivo y venenoso principio de la independencia eclesiástica, sentimos la inmensa responsabilidad de alertar y socorrer a muchos amados hermanos que se encuentran bajo esta perniciosa práctica. Es común oír a muchos creyentes sostener que las Asambleas locales son "independientes". Y creemos que cuando dicen tal cosa, ignoran realmente lo que es la independencia eclesiástica y su inspiración es absolutamente ajena a las Escrituras. Intentaremos desarrollar este tema de vital importancia, de la forma más sencilla y breve, de manera que solo repararemos en los aspectos más esenciales de la cuestión.
Iniciemos el tratamiento de este asunto con las siguientes preguntas: ¿Existe una real base bíblica para sostener que las asambleas locales son independientes unas de otras? Y si no es así, ¿cuál es el principio divinamente establecido por las Escrituras para la Asamblea local?
EL EJEMPLO DE CRISTO
Antes de tocar el tema de la independencia en lo que respecta a la práctica y vida de la Asamblea, comenzaremos analizando el asunto de la independencia desde el individuo mismo. Esto, porque justamente la raíz de la independencia haya su fundamento en el hecho perverso por el cual el criterio individual (o el juicio particular) se arroga la potestad de reemplazar la autoridad de la Palabra de Dios y la autoridad de Cristo obrando en la Asamblea
Cuando encontramos un principio o práctica inicua, tenemos en Cristo lo que se le opone y contrasta de la manera más decidida, iniciaremos el desarrollo de este tema mirando directamente al Señor. Y en este terreno, sin duda alguna que el contraste más inmenso con la independencia, lo encontramos en la persona y el andar de nuestro Señor y Salvador Jesucristo. En el Señor apreciamos el ejemplo más solemne y perfecto acerca de todo lo que significa el andar en absoluta dependencia. Desde su encarnación, Él apareció como el hombre perfectamente dependiente. En su senda y marcha aquí abajo, jamás expresó una voluntad propia o independiente a la del Padre. Esto queda especialmente ilustrado en varios pasajes del evangelio de Juan: "Porque he descendido del cielo, no para hacer mi voluntad, sino la voluntad del que me envió" (Juan 6:38). "No puedo yo hacer nada por mí mismo; según oigo, así juzgo; y mi juicio es justo, porque no busco mi voluntad, sino la voluntad del que me envió, la del Padre" (Juan 5:30). El principio moral que caracterizó la vida de Jesús aquí abajo, es la dependencia. Cosa que vemos perfectamente reflejada en su condición de Siervo (Filipenses 2:7 "... se despojó a sí mismo, tomando forma de siervo, hecho semejante a los hombres"). Un siervo, por naturaleza es quien obedece; quien depende de otro; quien posee la capacidad moral de humillarse y reconocer sobre sí mismo la autoridad de otro. Toda la senda que el Hijo humanado cursó aquí abajo, fue la expresión más perfecta de la absoluta dependencia al Padre; fue la expresión más perfecta del andar del Siervo fiel hasta la muerte (Filipenses 2:1-11).
LA RAÍZ DEL PRINCIPIO
El principio de independencia se relaciona directamente con la naturaleza y carácter del viejo hombre (la naturaleza carnal heredada de Adán). Naturaleza esencialmente independiente, orgullosa, autosuficiente. La dependencia solo florece cuando existe la capacidad moral para humillarse y reconocer otra autoridad mayor sobre sí mismo, y justamente esto es lo que el viejo hombre no quiere ni puede hacer. Es más, el pecado esencialmente es independencia. Esto lo vemos con toda claridad en 1 Juan 3:4." Cualquiera que comete pecado, traspasa también la ley; pues el pecado es transgresión de la ley). Muchas traducciones no son muy certeras aquí. Donde se dice "el pecado es infracción de la ley", en realidad sería más exacto leer: "el pecado es iniquidad (o anomia)". La palabra traducida por “iniquidad" o "anomia" (esta última es la más exacta), importa un andar independiente, un andar que no se sujeta a ningún principio directriz que encause la conducta. No se trata tanto de quebrantar una ley sino de andar en ausencia de ella, o de andar sin un principio de autoridad que genere dependencia. En definitiva, es el andar según la propia voluntad. Es el andar en donde la propia voluntad corrompida del hombre adámico, es la regla que marca la conducta. Si yo estoy en un estado moral anárquico, mi propia voluntad es mi ley, a la vez que niego todo principio de autoridad exterior a mí mismo que ponga límite a esa voluntad corrompida. En fin, esencialmente el pecado mismo es independencia; es independencia de la voluntad y autoridad de Dios.
EL TERRENO DIVINO EN QUE SE REÚNE LA ASAMBLEA
Ahora es necesario considerar con detenimiento 1 Corintios 12, especialmente los versículos 12 al 27. La gran verdad que podemos inferir aquí, es que la Asamblea es congregada sobre el terreno divino de la existencia del UN CUERPO. Cualquier forma de reunión que deje de lado este principio, no puede acreditarse la condición de Asamblea de Dios, pues quienes hacen esto han tomado un sitio sectario, independiente y divisionista. El Espíritu Santo no conformó pequeños grupos independientes sino que bautizó a todos los creyentes "en un Cuerpo" (1 Corintios 12:13). Y tal verdad, tan solemne como importante, constituye uno de los fundamentos esenciales de reunión según Dios. Notemos que los creyentes de la Asamblea en Corinto, considerados en forma individual, eran miembros del Cuerpo; más vistos en su conjunto, se les dice: "Vosotros, pues, sois el cuerpo de Cristo" (1 Corintios 12:27). Es decir, que aunque en la Asamblea de Corinto no estaban todos los miembros del Cuerpo de Cristo, ella expresaba localmente la verdad de la unidad del Cuerpo. Afirmamos entonces que la verdad de la unidad del Cuerpo es el principio y terreno escriturario de reunión de la Asamblea, y que la Asamblea local es la expresión práctica de esta verdad. Quede claro que no decimos que la Asamblea haga o produzca la unidad del Cuerpo, sino que ha de expresar esta verdad en su testimonio y vida práctica.
EN EL CUERPO NO HAY INDEPENDENCIA
La diversidad de miembros en el Cuerpo no implica independencia. Esto queda suficientemente claro al leer 1 Corintios 12:20-21. "Pero ahora son muchos los miembros, pero el Cuerpo es uno solo. Ni el ojo puede decir a la mano: No te necesito, ni tampoco la cabeza a los pies: No tengo necesidad de vosotros". Evidentemente en el Cuerpo no hay independencia entre sus miembros, sino por el contrario, tenemos una íntima y vital INTERDEPENDENCIA. En otras palabras, el principio de independencia es absolutamente extraño al espíritu que anima la verdad del UN SOLO CUERPO.
EL ASPECTO PRÁCTICO DE LA UNIDAD DEL CUERPO EN LAS RELACIONES ENTRE ASAMBLEAS LOCALES
Después de haber presentado de manera muy escueta los principios generales arriba considerados, llegamos al centro mismo de nuestra cuestión. Si es que la Asamblea se reúne en el terreno divino de la verdad del UN SOLO CUERPO, y que la Asamblea en un lugar es la expresión local del Cuerpo, necesariamente no puede existir independencia entre las distintas Asambleas locales. Dicho de otra manera, la verdad del Cuerpo no admite independencia entre las Asambleas. Más esto, no supone una jerarquía entre Asambleas ni una dependencia jerárquica a un centro religioso de autoridad, sino una sana y mutua interdependencia. Para dar más luz sobre el asunto, describiremos brevemente los dos grandes modelos que asumen los distintos grupos y sistemas cristianos. No ignoramos que existan otros, pero en realidad son derivaciones y variantes de los que a continuación consideramos. La concepción independiente de la Asamblea local se expresa más o menos así: "La Asamblea local es independiente de las otras Asambleas locales, y es exclusivamente responsable de sus asuntos. Su responsabilidad solo da cuenta ante Cristo". Por otro lado, la concepción que sostiene la dependencia jerárquica, versa: "Es necesario un centro eclesiástico jerárquico que ostente autoridad sobre las distintas Asambleas locales, a fin de consolidar la unidad de los diversos grupos y mantener el orden del conjunto. Las decisiones de las Asambleas locales deben encuadrarse y sujetarse a las directivas generales de la autoridad central". Al respecto, decimos que tanto un modelo como el otro son absolutamente anti escriturales, nocivos y erróneos. Mientras que el principio independiente viola la esencial verdad de la unidad del Cuerpo, el principio de jerarquía eclesiástica niega la autoridad de Cristo como centro divino de la Asamblea local (Mateo 18:20). En tanto que el primero deja de lado, al menos en la práctica, la verdad de la unidad del Cuerpo; el otro, niega la autoridad de Cristo como centro divino en medio de los santos, y ello para establecer una autoridad artificial en un ámbito extraño a la Asamblea local. Ambos sistemas quizás puedan enseñar correctamente la doctrina de Mateo 18:20 y 1 Corintios 12, mas no pueden practicarlas. Es más, una Asamblea reunida por gracia en el terreno de la verdad, necesariamente ha de poner en práctica ambas doctrinas, pues la una no puede subsistir sin la otra. Tenemos entonces un terreno divino de reunión que sosteniendo la verdad de la unidad del Cuerpo, a la vez reconoce la autoridad de Cristo como centro divino de los santos. Al respecto, decimos que si bien existe una administración local de la Asamblea para tratar sus asuntos, a la vez ella ha de expresar prácticamente la unidad del Cuerpo sujetándose, respetando, y reconociendo la autoridad de Cristo delegada y administrada en las otras Asambleas locales congregadas bajo estos mismos principios. No se trata de privar a la Asamblea local de la administración de sus propios asuntos ni de establecer una jerarquía entre Asambleas, sino de una mutua consideración y sujeción de unas a otras. Se pedirán pruebas escriturarias sobre esto. Existen muchas en la Palabra de Dios. Daremos algunas de ellas a fin de ilustrar el tema que nos ocupa. En primer lugar, advertiremos que en las Escrituras jamás las Asambleas se declaran independientes unas de las otras. No existe ninguna cita bíblica que apruebe un estado de independencia. La administración de una responsabilidad local no es independencia. Notemos que si bien Corinto era una Asamblea con sus propias responsabilidades locales, no era independiente de las demás Asambleas tanto en sus doctrinas como en sus prácticas. Así, podemos apreciar que las verdades que el apóstol Pablo enseñaba a los corintios, eran las mismas para todos los santos de las demás Asambleas. "A la iglesia de Dios que está en Corinto, a los santificados en Cristo Jesús, llamados a ser santos con todos los que en cualquier lugar invocan el nombre de nuestro Señor Jesucristo, Señor de ellos y nuestro” (1 Corintios 1:2). “Por esto mismo os he enviado a Timoteo, que es mi hijo amado y fiel en el Señor, el cual os recordará mi proceder en Cristo, de la manera que enseño en todas partes y en todas las iglesias" (1 Corintios 4:17). "Esto ordeno en todas las iglesias" (1 Corintios 7:17). "Como en todas las iglesias de los santos" (1 Corintios 14:33). "Haced vosotros también de la manera que ordené en las iglesias de Galacia" (1 Corintios 16:1). Ver también Hechos cap. 15; cap. 11; 14:24-28; Colosenses 4:15-16. Evidentemente las Asambleas del tiempo apostólico poseían una administración local y no existía una jerarquía entre ellas; actuaban en unidad en virtud de iguales principios. Ellas no se declaraban independientes unas de las otras. Jamás leemos tal cosa en las Escrituras.
La verdadera vocación cristiana se caracteriza por la solicitud en guardar la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz, y esto conduce a considerar con sumo respeto al otro. "Yo pues preso en el Señor, os ruego que andéis como es digno de la vocación con que fuisteis llamados, con toda humildad y mansedumbre, soportándoos con paciencia los unos a los otros en amor, solícitos en guardar la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz; un Cuerpo, y un Espíritu, como fuisteis también llamados en una misma esperanza de vuestra vocación" (Efesios 4:1-4). En fin, la Palabra siempre nos insta a una marcha en unidad; jamás independiente. Y esto tanto en mis relaciones personales con mis hermanos, como en las relaciones entre las Asambleas Es fácil discernir la voz de Satanás; ella suena así: "... Yo, y nadie más" (Isaías 47:10). Esta es la independencia en su grado sumo.
Concluimos entonces, que si la verdad de la unidad del Cuerpo no admite independencia entre Asambleas locales, la verdad de Cristo como centro divino no admite jerarquía eclesiástica entre ellas. La propia administración local acompañada de mutua INTERDEPENDENCIA, es el principio que las Escrituras nos presentan.
ANEXO I
LA INSUBORDINACIÓN A LA AUTORIDAD DE CRISTO EN LA ASAMBLEA
Si bien el venenoso y nocivo principio de la independencia eclesiástica puede manifestarse de muchas formas, sin duda que el desconocimiento de la autoridad de Cristo obrando en la Asamblea local, es una de sus formas más inicuas y tristemente frecuentes en nuestros días. Al tocar este tema, debemos insistir que la autoridad de Cristo para atar o desatar en su nombre (Mateo 18:18), ya excluyendo de la comunión o ya recibiendo a la misma, es una prerrogativa delegada a la Asamblea local (1 Corintios 5:1-13; 2 Corintios 2:10). Si bien el apóstol Pablo se asociaba con su autoridad apostólica e impulsaba a la Asamblea local a efectuar la acción, ella era la que en definitiva la concretaba. Notemos: “Para que fuese quitado de en medio de vosotros el que cometió tal acción... En el nombre de nuestro Señor Jesucristo, reunidos vosotros y mi espíritu, con el poder de nuestro Señor Jesucristo... Quitad, pues, a ese perverso de entre vosotros” (1 Corintios 5:2,4,13; ver también Mateo 18:18-20). Si tenemos presente todo lo arriba dicho, en el sentido de que la Asamblea local es la administradora de la potestad y autoridad de Cristo, y que ello está necesariamente en relación con el principio de la unidad del Cuerpo de Cristo (cosa que demanda la interdependencia entre las Asambleas), podemos advertir cuán serio asunto e intolerable iniquidad encarna un individuo, un grupo de ellos, o todo un conjunto eclesiástico, que niegue y se insubordine a la disciplina o recepción realizada por otra Asamblea obrando en esa autoridad. La autoridad de Cristo delegada en la Asamblea local no está sujeta al juicio o criterio de una conciencia individual, que pretenda cuestionarla o negarla; ni siquiera sujeta al juicio o criterio de varios que se unan contra tal autoridad. No hay autoridad de Cristo para negar la autoridad de Cristo. Si una Asamblea ha atado o desatado una acción que le incumbe a su propia administración local, esta autoridad nunca puede ser invadida o desconsiderada por nadie, pues el juicio o criterio personal de la conciencia individual, no pueden reemplazar tal autoridad. Y si el Señor mismo ha delegado en la Asamblea local su autoridad, Él no lo hizo para que se niegue su autoridad, sino por el contrario, para que se la reconozca. Por eso, el simple hecho de negar la autoridad de Cristo en una Asamblea, quita al negador, o al conjunto de estos, del terreno de la verdad de la Asamblea para ubicarlos en el de la independencia eclesiástica. Es imposible que Cristo reconozca como de su autoridad un acto que justamente niegue su autoridad. La autoridad de Cristo en una Asamblea nunca puede entrar en conflicto con la autoridad de Cristo en otra Asamblea, pues cada una de ellas tiene su propio ámbito administrativo de autoridad local. Y si un grupo se obstina en negar la autoridad de Cristo en otra Asamblea, el tal se coloca en un terreno de independencia; terreno en donde pierde inmediatamente la autoridad de Cristo, pues negar lo que otra ha hecho en Su autoridad sería algo así como poner a Cristo contra Cristo. Cosa verdaderamente ridícula e inicua en extremo. La autoridad de Cristo en una Asamblea no puede entrar en conflicto con la autoridad de Cristo en otra; de otro modo, Cristo estaría contra sí mismo, efectuando una acción que al mismo tiempo niega. Y esto, evidentemente, es imposible, pues la autoridad de Cristo no es anarquía ni está sujeta a disolución. De manera que aquellos que niegan la acción de una Asamblea, ellos mismos se colocan en ese terreno de independencia; terreno donde justamente están desposeídos de toda autoridad de Cristo. No podemos de ninguna manera reconocer la autoridad de Cristo allí donde ella es negada. Esa autoridad no se presta a la anarquía ni a ningún proceso disolutorio de la misma.
En fin, la independencia eclesiástica procura negar la autoridad de Cristo en la Asamblea por medio de argumentos, por doctrinas, por afectos, por adhesión a ciertos líderes, etc., pero todo ello es una absoluta falacia, pues justamente no se trata de argumentos, ni de doctrinas, ni de afectos, ni de ministerio de líderes, sino de autoridad: la autoridad de Cristo. Ya se trate de una persona o un grupo de ellas que niegue la acción de disciplina o recepción de una Asamblea local congregada en el terreno de la verdad, necesariamente importa ese estado de iniquidad eclesiástica que llamamos independencia eclesiástica, con el cual no podemos mantener ninguna comunión. La independencia eclesiástica es un mal que no solo niega la autoridad de Cristo en la Asamblea local, sino que además niega (en un sentido práctico) la verdad de la interdependencia del Cuerpo. Si la acción de una Asamblea local no liga a todas las demás que se congregan según los principio de la verdad escritural, entonces tal cosa supone negar que existe el principio de interdependencia en el Cuerpo. Principio propio, decisivo y esencial de la verdad del Cuerpo. Tal profunda e inmensa iniquidad que atenta contra la gloria de Cristo como Cabeza de la Asamblea, y que pierde de vista los vínculos de interdependencia que demanda la vida práctica de la verdad del Cuerpo, no puede ser admitida en la comunión de aquellos que por gracia son preservados de tales males.
Notemos que Pablo mismo, siendo apóstol, él estaba dispuesto a reconocer la acción de la Asamblea. Él dice a los corintios “al que vosotros perdonáis, yo también” (2 Corintios 2:10). Notemos cómo Pablo procedía en consonancia y armonía con la autoridad de la Asamblea local. Si los corintios restauraban al ofensor, él también confirmaba la acción. Si una Asamblea designaba a un diácono para llevar una ofrenda, él igualmente lo reconocía de buena gana (1Corintios 16:3). Al llegar aquí, es importante aclarar que “autoridad” no es sinónimo de “infalibilidad”. Observemos que en la primera epístola a los corintios, Pablo debe mover la conciencia de ellos para que efectúen la acción de excomunión que, por negligencia, no habían concretado; en tanto que en la segunda epístola, debe moverles a perdonar y volver a recibir al ofensor. Notemos que éste ya se había arrepentido y se estaba consumiendo de tristeza, y ellos habían demorado la restauración. Esto nos enseña que por más que una Asamblea presente falencias en la administración de la autoridad delegada por el Señor, ello no le quita su autoridad. Solo podría hacerlo el Señor; un apóstol no lo hizo, y menos aun podría realizarlo un creyente cualquiera. Para quienes se hallan bajo el inicuo principio de la independencia eclesiástica, siempre habrá razones para negar la autoridad de Cristo obrando en una Asamblea. Los argumentos podrían ser miles (“es injusto”, “se procedió mal al ejecutar la disciplina”, etc., etc., etc.); pero justamente nuestro parecer personal o el criterio individual de nuestra conciencia, no es la medida ni la autoridad que pueda negar la autoridad de Cristo presente en la Asamblea local. El principio malo que denunciamos, se funda en reemplazar la autoridad de Cristo obrando en la Asamblea local, por el juicio de mi conciencia individual. Pero esto es, lisa y llanamente, la negación de la autoridad de Cristo. La autoridad de Cristo se expresa allí donde es delegada, y aun cuando haya sido delegada a hombres, prosigue siendo la autoridad de Cristo. Por eso, la negación constituye ese perverso e inicuo principio que coloca al individuo en el terreno independiente; en el terreno que desconoce la autoridad de Cristo en la Asamblea local y excluye del testimonio de la verdad del Cuerpo.
R. Guillen.